Reforma Tributaria 2026: cambios PyMEs Pro PyME General vs Transparente | SolutionTax
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Reforma Tributaria 2026: qué cambia para PyMEs Pro PyME (guía oficial)

📅 21 abr 2026 · ⏱ 9 min lectura · ✍️ SolutionTax · 🔎 Fuentes SII verificadas
Reunión de equipo PyME evaluando régimen tributario 2026
Reunión de equipo PyME evaluando régimen tributario 2026. Fuente: SolutionTax.

Actualizado 21 abril 2026. La Reforma Tributaria 2026 mantiene los regímenes Pro PyME del Art. 14 D LIR con ajustes. Si tienes PyME (ventas menores a 75.000 UF anuales promedio), la decisión entre los tres regímenes puede ahorrarte millones al año. Este artículo explica los cambios, simulaciones y criterios de decisión.

Pro PyME General (Art. 14 D N°3)

Régimen para PyMEs con contabilidad completa que reinvierten utilidades.

  • Tasa Primera Categoría: 25% (mantiene)
  • Límite ventas: 75.000 UF promedio anual último 3 años
  • PPM (Pago Provisional Mensual): ajuste progresivo
  • Depreciación instantánea: activos nuevos al 100% en año de compra
  • Crédito socios: 100% integrado (puedes imputar el impuesto pagado contra Global Complementario)

Pro PyME Transparente (Art. 14 D N°8)

Régimen para microempresas con socios personas naturales.

  • Tasa empresa: 0% (la empresa no paga Primera Categoría)
  • El resultado se traspasa a los socios como renta del Global Complementario
  • Requisito: todos los socios personas naturales residentes en Chile
  • Sin inversiones en sociedades 14 A (parcialmente integrado)
💡 Beneficio clave: si eres socio único y tu sueldo + resultado de empresa están en tramos bajos del Global Complementario (0-4%), Transparente te hace pagar muy poco total. Si ya estás en tramos 30-40%, conviene más Pro PyME General.

Simulación 3 regímenes — PyME con utilidad $50M anuales

RégimenImpuesto empresaImpuesto socio (estimado)Total efectivo
Transparente$0Global Comp. sobre $50M ≈ $8.7M$8.700.000 (17,4%)
Pro PyME General25% × $50M = $12.5MCrédito 100% vs Global$12.500.000 (25%) si socio no retira
Régimen General (semi)27% × $50M = $13.5MCrédito 65%$13.500.000+ (27%)
Análisis comparativo de regímenes tributarios PyME Chile 2026
Elegir el régimen correcto puede ahorrar millones al año.

Cómo cambiar de régimen

Puedes cambiar una vez al año, con aviso al SII antes del 30 de abril (art. 14 D inc. final). Si quieres cambiar para 2026, tienes que hacerlo antes del cierre de la Operación Renta AT-2026.

Después de esa fecha, el cambio aplica solo desde 2027.

Errores frecuentes al elegir régimen

Error 1: quedarse en Transparente cuando ya no conviene

Si tu empresa creció y el socio tributa en tramos altos del Global (35-40%), el Transparente te hace pagar MÁS. Revísalo cada año.

Error 2: migrar a Régimen General sin simular

El Régimen General es más oneroso (27% vs 25%) y requiere contabilidad completa. Antes de migrar, simula 3 años con ambos regímenes.

Error 3: no aprovechar depreciación instantánea

Si compraste activos fijos nuevos en 2025 (maquinaria, vehículos, equipos), Pro PyME te permite depreciar 100% en un año. Muchas empresas lo dividen en 5-7 años por desconocimiento.

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Preguntas frecuentes

¿Dónde encuentro la información oficial del SII sobre reforma tributaria 2026 pymes?

En la página oficial del SII: https://www.sii.cl/valores_y_fechas/renta/2026/. También en la Guía Práctica de Renta 2026 (PDF) y las Circulares del año. Todos los enlaces están en la sección "Fuentes" al final de este artículo.

¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación tributaria?

El Art. 97 del Código Tributario establece multas desde 1 UTM ($67.889 en abril 2026) hasta el 500% del monto involucrado según la gravedad. Las multas se acumulan con reajuste IPC e interés 1,5% mensual.

¿Vale la pena contratar contador o lo hago solo?

Depende de la complejidad. Si tus ingresos son simples (solo sueldo), puedes hacerlo solo en sii.cl. Si tienes honorarios, empresa, APV, bienes raíces o inversiones, un contador te optimiza y evita errores que podrían costar mucho más que sus honorarios.

¿Las cifras de este artículo son oficiales?

Sí. Todos los valores (UTM, UTA, topes, tasas) provienen directamente de las publicaciones oficiales del SII y de la BCN. Las fuentes citadas están enlazadas al final del artículo para verificación.

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