Gratificación legal 2026: cómo se calcula en tu PyME

La gratificación legal es uno de los pagos que más dudas genera entre los dueños de PyME: ¿es obligatoria?, ¿cuánto se paga?, ¿se puede pagar mes a mes? Como contador de PyMEs en Santiago, lo veo todos los cierres. En esta guía te explico, con cifras 2026 y ejemplos, cómo se calcula la gratificación bajo el sistema más usado —el 25% topado— para que la pagues bien y sin sustos con la Dirección del Trabajo.

Gratificación legal 2026 para PyME en Chile

¿Qué es la gratificación legal y quién debe pagarla?

La gratificación es la parte de las utilidades de la empresa que la ley obliga a repartir entre los trabajadores. Según el Código del Trabajo, debe pagarla toda empresa con fines de lucro, obligada a llevar contabilidad, que haya obtenido utilidades líquidas en el ejercicio. Si tu PyME cierra el año con utilidad, la gratificación nace como obligación; si no hubo utilidad, en principio no se devenga.

Es un beneficio anual, pero en la práctica la mayoría de las PyMEs lo paga mensualmente junto a la remuneración, anticipando el 25% topado. Por eso aparece como una línea fija en la liquidación de sueldo.

Los dos sistemas: 30% de utilidades o 25% topado

La ley te deja elegir entre dos formas de cumplir, y puedes optar por la que te resulte más conveniente cada año:

  • Artículo 47 — 30% de las utilidades líquidas: repartes el 30% de la utilidad del ejercicio entre los trabajadores, a prorrata de lo que ganó cada uno. Es variable y depende del resultado del año.
  • Artículo 50 — 25% topado a 4,75 ingresos mínimos: pagas el 25% de lo devengado por remuneraciones, con un tope anual de 4,75 ingresos mínimos por trabajador. Es predecible y, por eso, el preferido por las PyMEs.

Cómo se calcula el 25% topado a 4,75 ingresos mínimos

El sistema del Artículo 50 tiene tres claves. Con el ingreso mínimo mensual de $539.000 vigente en 2026 (Ley N° 21.751), los números quedan así:

Cálculo de la gratificación legal del 25% topada a 4,75 ingresos mínimos en 2026
  • Base: 25% de las remuneraciones del año (o del mes, si la anticipas).
  • Tope anual: 4,75 × $539.000 = $2.560.250 por trabajador.
  • Tope mensual: $2.560.250 ÷ 12 = $213.354 por trabajador (referencial: el tope se fija con el ingreso mínimo vigente al 31 de diciembre del ejercicio).

En palabras simples: calculas el 25% del sueldo, pero si ese 25% supera el tope mensual, pagas solo el tope.

Ejemplos según el sueldo del trabajador

Veamos cómo opera el tope con tres sueldos distintos (gratificación mensual anticipada bajo el Artículo 50):

Remuneración mensual25% del sueldo¿Supera el tope $213.354?Gratificación a pagar
$600.000$150.000No$150.000
$854.000$213.500Sí (por poco)$213.354
$1.300.000$325.000$213.354

Como ves, sobre los $853.000 aproximados de sueldo el resultado se "aplana" en el tope: a partir de ahí todos los trabajadores reciben el mismo monto de gratificación.

¿Cuándo conviene pagarla mes a mes?

Anticipar el 25% topado cada mes ordena tu flujo y evita un desembolso grande en el cierre. La contra es que, si la empresa termina sin utilidades, igual pagaste anticipos. Por eso conviene proyectar el resultado del año antes de comprometer el pago mensual: ese es justamente el tipo de cálculo que reviso contigo en el cierre.

Errores frecuentes que pueden costarte una multa

Ojo con estos descuidos que la Dirección del Trabajo fiscaliza:

  • Olvidar la gratificación en el finiquito (también se paga proporcional al tiempo trabajado).
  • Calcular el tope con un ingreso mínimo desactualizado.
  • No pagarla pese a tener utilidades, creyendo que es "voluntaria".
  • No prorratear el tope cuando el trabajador no completó el año.

Fuentes oficiales

Calcula y paga bien la gratificación de tu PyME

Si tienes trabajadores, la gratificación es un cálculo que no puede salir mal: un error se arrastra a las liquidaciones, al finiquito y a una posible fiscalización. Reviso tus remuneraciones, defino el sistema que más te conviene y dejo todo cuadrado, con precio fijo y la atención directa del contador.

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Preguntas frecuentes

¿La gratificación legal es obligatoria para mi PyME?

Sí, si tu empresa tiene fines de lucro, lleva contabilidad y obtuvo utilidades líquidas en el ejercicio. Sin utilidades, en principio no se devenga.

¿Cuál es el tope de la gratificación en 2026?

Con el ingreso mínimo de $539.000, el tope es de 4,75 ingresos mínimos al año: $2.560.250 anuales, es decir $213.354 mensuales por trabajador (referencial).

¿Puedo pagar la gratificación mes a mes?

Sí. La mayoría de las PyMEs anticipa el 25% topado cada mes en la liquidación. Conviene proyectar la utilidad del año antes de comprometer el pago mensual.

¿Se paga gratificación en el finiquito?

Sí, de forma proporcional al tiempo trabajado en el ejercicio. Omitirla es uno de los errores que más reparos genera en una fiscalización.

¿Conviene el 25% topado o el 30% de utilidades?

Depende del resultado del año y de los sueldos. El 25% topado es predecible; el 30% puede ser mayor o menor según la utilidad. Lo evalúo caso a caso contigo.

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