Llevar la contabilidad de tu PyME al día no es solo orden: es lo que separa a una empresa que avanza tranquila de una que vive apagando incendios con el SII. Esta es la guía mes a mes de lo que tu empresa debe registrar, declarar y pagar durante 2026.
La mayoría de los problemas tributarios de una PyME no nacen de un error grande, sino de pequeños atrasos que se acumulan: una declaración que se pasó de fecha, un libro que no se cerró, cotizaciones pagadas tarde. La buena noticia es que las obligaciones mensuales son acotadas y predecibles. Si sabes qué tocar cada mes y en qué plazo, mantener la contabilidad al día deja de ser una carga.
Cuando hablamos de "llevar la contabilidad" de una empresa con contabilidad completa, no nos referimos solo a la declaración de impuestos. El trabajo mensual abarca el ciclo completo, desde el documento hasta el balance:
Estos son los vencimientos que tu PyME debe tener marcados en el calendario. Los plazos del F29 y de las cotizaciones suponen que declaras y pagas por internet, que es la modalidad estándar hoy:
| Obligación | Qué cubre | Plazo (modalidad electrónica) |
|---|---|---|
| Cotizaciones previsionales | AFP, salud (Fonasa/isapre) y seguro de cesantía (AFC) de tus trabajadores | Hasta el día 10; se extiende al día 13 si se pagan por internet (Previred) |
| F29 mensual | IVA débito y crédito (tasa 19%), PPM y retenciones de honorarios | Día 20 para facturadores electrónicos (día 12 si aún no emites DTE) |
| Libros y RCV | Cuadre del Registro de Compras y Ventas contra los documentos del mes | Antes de declarar el F29 del período |
| Declaración de Renta (F22) | Resultado tributario anual de la empresa | Anual: hasta el 30 de abril |
El Registro de Compras y Ventas (RCV) es la herramienta del SII que reúne todos tus documentos electrónicos del mes. De ahí sale la propuesta de IVA. El error más común en una PyME es declarar el F29 tomando la propuesta "tal cual" sin revisarla. Si una factura de proveedor no llegó al registro, o una nota de crédito quedó mal asignada, terminas pagando más IVA del que corresponde, o menos (y eso después se traduce en una diferencia que el SII reclama).
Por eso el trabajo contable serio parte por cuadrar el RCV antes de declarar: revisar que cada compra con derecho a crédito fiscal esté registrada y que las ventas coincidan con lo emitido. Es un paso que toma minutos cuando la contabilidad está al día, y horas cuando se dejó acumular.
Declarar fuera de plazo no es gratis. El retardo en la presentación de declaraciones que sirven de base para liquidar un impuesto se sanciona según el artículo 97 N°2 del Código Tributario: una multa del 10% de los impuestos adeudados si el atraso no supera los 5 meses, que aumenta 2% por cada mes adicional, con un tope del 30%. A eso se suman el reajuste por IPC y los intereses por mora. Es decir: mientras antes regularices, menos pagas. Revisa el detalle en nuestra guía de multas del SII 2026.
Un punto a seguir de cerca durante 2026: existe un proyecto que propone rebajar la tasa de Primera Categoría (hoy 27% en el régimen general). Mientras no sea ley, sigue vigente la tasa actual, así que no conviene tomar decisiones contables apostando a un cambio que aún no ocurre.
La diferencia entre una PyME ordenada y una que vive corriendo no es el tamaño: es el sistema. Tres hábitos simples marcan la diferencia: subir los documentos apenas llegan, cuadrar el RCV en la primera quincena del mes y revisar el balance mensual para tomar decisiones con datos reales y no con la sensación de cómo va el negocio. Si no tienes el tiempo o el conocimiento para hacerlo, ahí entra un contador que se haga cargo del ciclo completo con precio claro, para que tú te dediques a tu empresa.
¿Quieres dejar de preocuparte por plazos, libros y F29 cada mes? Mauricio Hurtado, contador auditor con magíster en tributación, lleva la contabilidad mensual de tu PyME con precio claro, atención directa del fundador y contabilidad al día desde 2016.
Si tu empresa es facturador electrónico (la situación de casi todas las PyMEs hoy) y declara y paga por internet, el F29 vence el día 20 del mes siguiente al período. Solo quienes aún no emiten documentos tributarios electrónicos mantienen el plazo del día 12. Si el día 20 cae en sábado, domingo o feriado, se corre al primer día hábil siguiente.
El plazo base es el día 10 del mes siguiente. Si las declaras y pagas por internet a través de Previred, se extiende hasta el día 13. Pagarlas fuera de plazo genera reajustes e intereses y, además, expone a la empresa frente a la Dirección del Trabajo.
Depende del régimen. Una empresa acogida al régimen Pro PyME General (14 D) lleva contabilidad completa; la modalidad Transparente (14 A) puede llevar una contabilidad simplificada. La elección del régimen impacta tanto la carga contable como los impuestos, por lo que conviene revisarla caso a caso con un contador antes de decidir.
El Registro de Compras y Ventas es el registro electrónico del SII que reúne tus documentos del mes y genera la propuesta de IVA. Hay que revisarlo porque si falta una factura de compra o una nota de crédito quedó mal asignada, terminas declarando un IVA equivocado. Cuadrarlo antes de presentar el F29 evita pagar de más o arrastrar diferencias.
El artículo 97 N°2 del Código Tributario fija una multa del 10% de los impuestos adeudados cuando el atraso no supera 5 meses, con un aumento de 2% por cada mes adicional y un tope del 30%, más reajuste por IPC e intereses. Mientras antes regularices, menor es el costo.
Mauricio · SolutionTax
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