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Declaración Jurada 1887 AT-2026: guía para empleadores (plazos y multas)

📅 21 abr 2026 · ⏱ 7 min lectura · ✍️ SolutionTax · 🔎 Fuentes SII verificadas
Declaración Jurada 1887 AT-2026 - guía para empleadores SII Chile
Declaración Jurada 1887 AT-2026 - guía para empleadores SII Chile. Fuente: SolutionTax.

Actualizado 21 abril 2026. La DJ 1887 es uno de los documentos más importantes que toda empresa con trabajadores debe presentar al SII cada año. Omitirla o hacerla mal genera multas inmediatas y problemas con la Renta de tus trabajadores.

¿Qué es la DJ 1887?

La DJ 1887 es la Declaración Jurada Anual sobre Rentas del Art. 42 N°1 (sueldos y salarios). Los empleadores reportan al SII todos los sueldos, bonos, gratificaciones y asignaciones pagadas a trabajadores durante el año anterior, con detalle de retenciones de Impuesto Único de Segunda Categoría.

Con esa información, el SII pre-llena el F22 de cada trabajador y valida que las retenciones hayan sido enteradas.

¿Quién debe presentarla?

  • Toda empresa o persona natural con trabajadores bajo contrato
  • Incluso si solo tuviste 1 trabajador durante 1 mes
  • NO aplica si solo tuviste honorarios (esos van en DJ 1879)

Plazo AT-2026

Según calendario oficial del SII, el plazo general de la DJ 1887 AT-2026 venció en marzo 2026. Si no la presentaste aún, hazlo urgente — cada mes de retraso acumula multa.

⚠️ Multa por presentar tarde: desde 1 UTM ($67.889 en abril 2026) hasta 1 UTA ($814.668) según gravedad y meses de retraso (Art. 97 N°1 del Código Tributario).
Empleador revisando documentación para Declaración Jurada 1887 ante el SII
Cada trabajador debe ser informado en la DJ 1887 con detalle de haberes.

Contenido obligatorio por trabajador

  1. RUT del trabajador
  2. Nombre completo
  3. Total haberes del año
  4. Total haberes imponibles para AFP
  5. Total AFP cotizado
  6. Total Salud cotizado (FONASA o isapre)
  7. Impuesto Único 2ª Categoría retenido
  8. Asignaciones no imponibles (colación, movilización)
  9. Gratificación legal
  10. Otros pagos no imponibles

Cómo presentarla

Paso 1 — Acceder al sistema SII

Entra a sii.cl con tu clave tributaria. Menú: Declaraciones Juradas → Declaración Jurada Electrónica.

Paso 2 — Seleccionar formulario

Elige Formulario 1887, año tributario 2026.

Paso 3 — Subir datos

Puedes ingresar trabajador por trabajador o subir un archivo CSV con el template oficial del SII. Para varios trabajadores, el CSV es mucho más rápido.

Paso 4 — Validar

El sistema valida RUTs, sumas y consistencia con la DJ 1907 (cotizaciones). Si hay errores, corregirlos antes de enviar.

Paso 5 — Enviar

Firmar electrónicamente → enviar. El SII emite comprobante que debes guardar 6 años.

Errores comunes (evitarlos)

Error 1 — Sueldos no cuadran con AFP

El total declarado al SII debe cuadrar con lo declarado a la AFP (DJ 1907). Diferencias > $1.000 → SII pide rectificar.

Error 2 — Omitir trabajadores finiquitados

Los trabajadores que finiquitaste durante el año también se declaran por los meses que trabajaron.

Error 3 — No incluir bonos ni comisiones

Todos los haberes imponibles se suman. Omitir bonos es de las causas más frecuentes de fiscalización.

💡 Tip: si tu contador lleva las remuneraciones, pregúntale si la DJ 1887 ya fue presentada. Muchas PyMEs asumen que sí y descubren 2 años después que nunca se hizo.

DJ 1887 vs DJ 1879 (no confundir)

  • DJ 1887: SUELDOS (Art. 42 N°1) — trabajadores con contrato laboral
  • DJ 1879: HONORARIOS (Art. 42 N°2) — profesionales independientes que trabajaron para la empresa con boleta

Son complementarias, no excluyentes. Si tu empresa tuvo ambos tipos de pagadores, debe presentar las dos.

¿Tu empresa tiene la DJ 1887 presentada?

Preparamos y presentamos todas las DJ anuales de tu empresa (1887, 1879, 1907). Evita multas del SII. Desde 0,5 UF por DJ.

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Preguntas frecuentes

¿Dónde encuentro la información oficial del SII sobre declaración jurada 1887 2026?

En la página oficial del SII: https://www.sii.cl/ayudas/ayudas_por_servicios/2120-formularios_y_plazos_2026-2171.html. También en la Guía Práctica de Renta 2026 (PDF) y las Circulares del año. Todos los enlaces están en la sección "Fuentes" al final de este artículo.

¿Qué pasa si no cumplo con esta obligación tributaria?

El Art. 97 del Código Tributario establece multas desde 1 UTM ($67.889 en abril 2026) hasta el 500% del monto involucrado según la gravedad. Las multas se acumulan con reajuste IPC e interés 1,5% mensual.

¿Vale la pena contratar contador o lo hago solo?

Depende de la complejidad. Si tus ingresos son simples (solo sueldo), puedes hacerlo solo en sii.cl. Si tienes honorarios, empresa, APV, bienes raíces o inversiones, un contador te optimiza y evita errores que podrían costar mucho más que sus honorarios.

¿Las cifras de este artículo son oficiales?

Sí. Todos los valores (UTM, UTA, topes, tasas) provienen directamente de las publicaciones oficiales del SII y de la BCN. Las fuentes citadas están enlazadas al final del artículo para verificación.

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