Franquicia tributaria SENCE 2026: capacita en tu PyME

Si tu PyME tiene trabajadores con contrato, el Estado te devuelve parte del impuesto cuando los capacitas. Se llama franquicia tributaria SENCE y muchas empresas la dejan pasar por desconocerla. Te explico cuánto puedes descontar, quién califica y cómo usarla bien este año.

Franquicia tributaria SENCE 2026: capacita a tus trabajadores y descuenta hasta el 1% de las remuneraciones del impuesto de tu PyME

¿Qué es la franquicia tributaria SENCE?

Es un incentivo tributario para las empresas que tributan en Primera Categoría y que invierten en capacitar a su personal. Lo importante: no es un simple gasto que rebaja la base, sino un crédito que se descuenta directamente del Impuesto de Primera Categoría que tu PyME tiene que pagar.

Dicho de otra forma: dentro de ciertos topes, la plata que gastas en capacitar a tu equipo la recuperas rebajándola del impuesto. Es dinero que, si no lo destinas a formación, igual se te va en impuesto. Por eso conviene aprovecharla.

¿Cuánto puedes descontar?

El tope general es el 1% de las remuneraciones imponibles que tu empresa pagó en el año. Además, según el tamaño de tu planilla anual (medida en UTM) hay pisos mínimos que te pueden favorecer:

Topes de la franquicia tributaria SENCE según la planilla anual de remuneraciones imponibles: 7 UTM, 9 UTM o 1%
Planilla anual de remuneraciones imponibles Tope de franquicia (crédito)
Menor a 35 UTM No accede a la franquicia por planilla
Entre 35 y menos de 45 UTM Hasta 7 UTM ($501.543)
45 UTM o más El mayor entre el 1% de la planilla o 9 UTM ($644.841)

Valores en pesos calculados con la UTM de julio de 2026 ($71.649). El monto exacto depende de la UTM del mes en que se determina.

Cuánto cubre SENCE según el sueldo del trabajador

La franquicia no financia lo mismo para todos: mientras más bajo es el sueldo del trabajador capacitado, mayor es la parte que cubre SENCE. Esto suele jugar a favor de la PyME, porque la mayoría de los equipos gana bajo las 25 UTM.

Renta imponible mensual del trabajador Parte del valor del curso que cubre SENCE
Hasta 25 UTM (hasta $1.791.225) 100%
Entre 25 y 50 UTM 50%
Más de 50 UTM (sobre $3.582.450) 15%

El detalle que casi nadie aprovecha. Para trabajadores que ganan bajo 25 UTM —el caso típico en una PyME— SENCE cubre el 100% del valor hora del curso. Capacitar a tu equipo puede salirte prácticamente sin costo neto, dentro del tope de tu franquicia.

Requisitos y cómo se usa

Para ocupar la franquicia, tu empresa debe:

  • Ser contribuyente de Primera Categoría (renta efectiva o presunta).
  • Tener una planilla anual de remuneraciones imponibles de al menos 35 UTM y las cotizaciones pagadas correspondientes a esa planilla.
  • Realizar la capacitación a través del sistema SENCE: cursos con código SENCE, dictados por un OTEC o por la propia empresa registrada, y comunicados y liquidados en la plataforma dentro de los plazos.

Cada año SENCE fija por resolución los valores hora máximos por participante que se pueden imputar. Para 2026 rige la Resolución Exenta N° 3496, del 30 de diciembre de 2025. Por eso el registro correcto de cada curso —participantes, horas y montos— es lo que asegura que el crédito llegue completo a tu Renta.

Un ejemplo con números

Supongamos que tu PyME pagó $60.000.000 en remuneraciones imponibles durante el año y su equipo gana bajo 25 UTM:

  • El 1% de la planilla es $600.000.
  • Como la planilla supera las 45 UTM, el tope es el mayor entre ese 1% y 9 UTM ($644.841). Gana el piso de 9 UTM: puedes usar hasta $644.841.
  • Al ganar tu equipo bajo 25 UTM, SENCE cubre el 100% del valor hora, así que ese monto se destina completo a formación.
  • Esos $644.841 se descuentan del Impuesto de Primera Categoría que ibas a pagar de todos modos.

No es un gasto más: es impuesto que rediriges. La franquicia convierte una parte de lo que ibas a pagar al Fisco en formación para tu propia gente. Si no la usas, ese monto simplemente se paga como impuesto y no vuelve.

¿Quieres aprovecharla sin enredos?

La franquicia SENCE rinde de verdad, pero exige tener las cotizaciones al día, los cursos bien registrados y la liquidación hecha en plazo; si algo queda mal informado, el crédito se pierde. Llevo la contabilidad y las remuneraciones de tu PyME de forma que este beneficio quede bien aplicado en tu Renta, con precio fijo y atención directa.

Ver servicios contables Escríbeme por WhatsApp

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Qué es la franquicia tributaria SENCE?

Es un incentivo para empresas de Primera Categoría que capacitan a su personal. Permite descontar del Impuesto de Primera Categoría el gasto en capacitación, con un tope del 1% de las remuneraciones imponibles anuales (o de 7 a 9 UTM según el tamaño de la planilla).

¿Cuánto puede descontar mi PyME con la franquicia SENCE?

Hasta el 1% de las remuneraciones imponibles del año. Si tu planilla anual es de 45 UTM o más, puedes usar el mayor entre ese 1% y 9 UTM ($644.841 con la UTM de julio de 2026). Entre 35 y 45 UTM el tope es 7 UTM ($501.543).

¿Qué empresas pueden usar la franquicia tributaria?

Las que tributan en Primera Categoría, tienen una planilla anual de remuneraciones imponibles de al menos 35 UTM y las cotizaciones de esa planilla pagadas. La capacitación debe hacerse por el sistema SENCE (curso con código, OTEC o empresa registrada).

¿SENCE financia el 100% del curso?

Depende del sueldo del trabajador. Para quienes ganan hasta 25 UTM al mes, SENCE cubre el 100% del valor hora; entre 25 y 50 UTM cubre el 50%; y sobre 50 UTM, el 15%. En una PyME la mayoría suele estar en el primer tramo.

¿La franquicia es un gasto o un crédito?

Es un crédito: se descuenta directamente del Impuesto de Primera Categoría a pagar, no solo de la base. Por eso, bien usada, convierte parte del impuesto en capacitación para tu equipo.

¿Te complican los cambios del F22?

Un contador tributario revisa tu caso y declara por ti, sin errores ni multas.

Asesoría tributaria para tu F22Contador para PyMEs

Sigue leyendo

Reforma tributaria 2026: reintegración y rebaja del IDPC, cómo leerla antes de decidirLeer artículo →Ley de Pago a 30 días: qué exigir y cómo protege el flujo de tu PyMELeer artículo →Término de giro simplificado Pro Pyme 2026: cierre ante el SIILeer artículo →