Despedir a un trabajador es una de las decisiones más delicadas para el dueño de una PyME, y casi siempre llega con la misma duda: ¿cuánto le tengo que pagar? Un finiquito mal calculado es una de las causas más frecuentes de reclamos en la Dirección del Trabajo y de costos que se podían evitar. Acá te explico, en simple, qué conceptos lo componen, cómo se calcula cada uno con un ejemplo real y los plazos legales que debes respetar este 2026.

¿Qué es un finiquito y cuándo es obligatorio?
El finiquito es el documento que pone término formal a la relación laboral y deja constancia de que se pagaron todas las sumas pendientes. Es obligatorio cada vez que termina un contrato de trabajo, sin importar la causal: renuncia, mutuo acuerdo, vencimiento del plazo o despido. Debe constar por escrito y ratificarse ante un ministro de fe —un notario, un inspector de la Dirección del Trabajo o el presidente del sindicato— o bien firmarse mediante el Finiquito Laboral Electrónico del portal Mi DT, que tiene la misma validez legal.
Qué conceptos incluye un finiquito
Un finiquito bien hecho reúne todo lo que la empresa le adeuda al trabajador hasta el último día. Los conceptos principales son: la remuneración de los días trabajados del mes en que termina el contrato; el feriado (vacaciones) proporcional y el feriado pendiente que no alcanzó a tomar; la indemnización por años de servicio, cuando corresponde; y la indemnización sustitutiva del aviso previo, si el despido fue por necesidades de la empresa y no se avisó con 30 días de anticipación.
Cómo se calcula cada parte
La indemnización por años de servicio (IAS) equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y por la fracción superior a seis meses, con un tope de 11 años. Para el cálculo, la remuneración mensual tiene un tope legal de 90 UF (artículos 163 y 172 del Código del Trabajo).
La indemnización sustitutiva del aviso previo equivale a la última remuneración mensual (un mes), con el mismo tope de 90 UF, y solo se paga cuando el empleador termina el contrato por necesidades de la empresa (artículo 161) sin dar el aviso con 30 días de anticipación.
El feriado proporcional se calcula a razón de 1,25 días hábiles por cada mes trabajado (el feriado legal es de 15 días hábiles al año) y se paga según la remuneración del trabajador.

Ejemplo práctico: despido por necesidades de la empresa
Veamos un caso concreto. Un trabajador con contrato indefinido, una última remuneración mensual de $850.000 (bajo el tope de 90 UF) y una antigüedad de 4 años y 8 meses es desvinculado por necesidades de la empresa (artículo 161), sin aviso previo de 30 días.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Indemnización por años de servicio | 5 años × $850.000 (4 años + fracción > 6 meses) | $4.250.000 |
| Indemnización sustitutiva aviso previo | 1 mes × $850.000 | $850.000 |
| Feriado proporcional | 1,25 día hábil × meses pendientes | Según días pendientes |
| Remuneración días trabajados | Días del mes efectivamente trabajados | Según corresponda |
| Subtotal indemnizaciones | $4.250.000 + $850.000 | $5.100.000 |
A ese subtotal de indemnizaciones se le suman la remuneración de los días trabajados del mes y el feriado proporcional pendiente. Si el sueldo superara las 90 UF, la base de cálculo se limita a ese tope.
Si estos cálculos te generan dudas, apóyate en un contador para PyMEs para revisar el monto exacto antes de pagar el finiquito.
Las causales sí cambian el monto
No todas las desvinculaciones cuestan lo mismo. Cuando el contrato termina por mutuo acuerdo, renuncia o vencimiento del plazo (artículo 159), no nace el derecho a indemnización por años de servicio: solo se pagan las remuneraciones pendientes y el feriado proporcional. Si el despido es por una causa imputable al trabajador (artículo 160), tampoco hay indemnización por años de servicio ni aviso previo. La indemnización por años de servicio solo se origina cuando el empleador invoca necesidades de la empresa o desahucio (artículo 161) en un contrato indefinido de más de un año.
Por qué conviene calcularlo con un contador
Un error de unos pocos días de antigüedad, olvidar el feriado proporcional o aplicar mal el tope de 90 UF puede transformar un finiquito en una demanda laboral. Como contador, reviso cada desvinculación de mis clientes PyME para que el finiquito quede correcto, se pague dentro del plazo y no abra la puerta a reclamos. Puedes ver el detalle en mi servicio de remuneraciones.
¿Necesitas calcular un finiquito sin errores?
Atención directa del fundador, tarifa clara y contabilidad al día desde 2016. Te ayudo a dejar cada finiquito y liquidación al día, con respaldo legal.
Preguntas frecuentes
¿En cuántos días debo pagar el finiquito?
El artículo 177 del Código del Trabajo exige otorgarlo y poner su pago a disposición dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación. El pago en cuotas solo es posible si ambas partes lo acuerdan.
¿Una renuncia voluntaria da derecho a indemnización por años de servicio?
No. Cuando el contrato termina por renuncia o mutuo acuerdo (artículo 159), no nace el derecho a indemnización por años de servicio; solo se pagan las remuneraciones pendientes y el feriado proporcional.
¿Cuál es el tope de la indemnización por años de servicio?
El máximo es de 11 años de servicio, y la última remuneración mensual usada como base tiene un tope de 90 UF (artículos 163 y 172 del Código del Trabajo).
¿Qué pasa si no doy el aviso de 30 días?
Si despides por necesidades de la empresa sin avisar con 30 días de anticipación, debes pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo, equivalente a un mes de remuneración (con tope de 90 UF).
¿El finiquito se puede firmar de forma electrónica?
Sí. El Finiquito Laboral Electrónico del portal Mi DT permite proponer, aceptar y ratificar el finiquito en línea, con la misma validez legal que la firma ante un ministro de fe.
Fuentes oficiales
Datos verificados en fuentes oficiales del Estado de Chile:
Código del Trabajo (artículos 159 a 177) — BCN / LeyChile
Dirección del Trabajo — Plazo para otorgar el finiquito
ChileAtiende — Finiquito de término de contrato
