¿Qué es la depreciación instantánea y por qué le conviene a tu PyME en 2026?
La depreciación instantánea es un beneficio tributario contemplado en el Artículo 31, inciso 5° bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), que permite a las PyMEs acogidas al régimen Pro PyME 14D depreciar el 100% del valor de un activo fijo nuevo en el mismo ejercicio en que se adquiere, en lugar de hacerlo durante la vida útil normal del bien.
En la práctica: si tu empresa compra una máquina nueva por $10.000.000, en vez de descontar $1.000.000 por año durante 10 años, descuentas los $10.000.000 completos en 2026 como gasto. El impacto en tu base imponible es inmediato y reduce el impuesto a pagar ese mismo año.
Es uno de los beneficios menos aprovechados por las PyMEs chilenas, principalmente por desconocimiento de los requisitos y la mecánica contable. En este artículo te explicamos cómo aplicarlo correctamente.
Si tu PyME quiere aprovechar al máximo este y otros beneficios tributarios, una planificación tributaria para tu PyME ayuda a decidir cuándo y cómo aplicar cada uno.
Requisitos para aplicar depreciación instantánea 2026
No todas las empresas pueden usarla. Estos son los requisitos vigentes según el SII:
- Estar acogido al régimen Pro PyME General (14D N°3) de la LIR. Las empresas en régimen General no acceden a este beneficio directo.
- Ventas anuales bajo el límite Pro PyME: menos de UF 75.000 promedio en los últimos 3 ejercicios.
- El bien debe ser nuevo, de propiedad de la empresa y destinado al giro del negocio.
- Activo fijo físico: maquinaria, equipos computacionales, vehículos comerciales, mobiliario, instalaciones. No aplica a terrenos, edificios habitacionales ni intangibles.
- Tope de UF 25.000 por el conjunto de bienes depreciados instantáneamente en el ejercicio.
Tabla comparativa: depreciación normal vs acelerada vs instantánea
| Régimen | Plazo | Requisitos | Quién accede |
|---|---|---|---|
| Normal (lineal) | Vida útil completa (5 a 30 años) | Ninguno especial | Todas las empresas |
| Acelerada | 1/3 de la vida útil (mínimo 3 años) | Bien nuevo, antigüedad <5 años | Régimen General y Pro PyME |
| Instantánea | 1 año (100% en el ejercicio) | Bien nuevo + Pro PyME 14D + tope UF 25.000 | Solo Pro PyME 14D |
Cómo aplicar la depreciación instantánea paso a paso
Para aplicarla correctamente en tu declaración F22 2027 sin recibir observaciones del SII:
- Verificar tu régimen Pro PyME 14D: revisa en homer.sii.cl tu situación tributaria actualizada.
- Comprar el activo en 2026: la factura debe estar emitida y registrada en el mismo año en que se aplicará la depreciación.
- Registrar el activo en el libro de inventario: fecha, valor, código de proveedor y RUT.
- Calcular el monto a depreciar: 100% del valor neto (sin IVA, ya que el IVA crédito fiscal se recupera por separado).
- Imputar el gasto en la contabilidad del ejercicio como "Depreciación instantánea Art. 31 inciso 5° bis LIR".
- Declarar en el F22 AT-2027 en la línea correspondiente a depreciaciones.
Ejemplo práctico de cálculo
Una PyME del rubro retail acogida a Pro PyME 14D compra en julio 2026 un sistema POS y equipamiento por un valor neto de $8.000.000 (sin IVA). Su utilidad antes de impuestos en 2026 es de $30.000.000.
Sin depreciación instantánea (depreciación normal a 6 años)
- Gasto depreciación año 1: $1.333.333
- Utilidad imponible: $28.666.667
- Impuesto Pro PyME 14D (25%): $7.166.667
Con depreciación instantánea
- Gasto depreciación año 1: $8.000.000
- Utilidad imponible: $22.000.000
- Impuesto Pro PyME 14D (25%): $5.500.000
- Ahorro tributario primer año: $1.666.667
El ahorro es real y se materializa de inmediato. En los años siguientes la empresa ya no tendrá ese gasto de depreciación, pero el efecto financiero del adelanto de gasto (tiempo de dinero) es significativo.
Errores comunes que invalidan el beneficio
3 situaciones que el SII detecta con frecuencia
- Aplicar a bienes usados: la depreciación instantánea solo aplica a bienes nuevos.
- Superar el tope de UF 25.000: si en un ejercicio se compran activos por UF 30.000 y se aplica todo a depreciación instantánea, el SII puede rechazar el exceso.
- Cambiar régimen tributario el mismo año: si se migra desde régimen General a Pro PyME 14D, verificar la procedencia con el contador antes de aplicar.
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Consultar gratis por WhatsAppPreguntas frecuentes
¿Puede aplicarse a un vehículo de pasajeros?
No, salvo que el giro del negocio sea precisamente la utilización de esos vehículos (taxi, transporte, arriendo). La LIR establece que los gastos asociados a automóviles particulares no son aceptados como gasto.
¿Aplica a software adquirido para la empresa?
El software, al ser un intangible, no califica como activo fijo físico bajo este beneficio. Sin embargo, los equipos computacionales (notebooks, servidores, equipos de red) sí califican.
¿Qué pasa si vendo el bien antes de cumplir su vida útil normal?
El SII puede ajustar el resultado tributario considerando la diferencia. Por eso es importante consultar con un contador antes de vender activos depreciados instantáneamente.
¿Es compatible con el crédito por activo fijo del Art. 33 bis?
Sí, son compatibles. La depreciación instantánea afecta la base imponible y el crédito del Art. 33 bis es un descuento directo al impuesto a pagar. Pueden aplicarse en conjunto si se cumplen los requisitos de cada uno.
¿Tengo que avisar al SII al aplicarla?
No se requiere autorización previa. Se aplica directamente al hacer la declaración F22 del ejercicio correspondiente. El SII puede fiscalizar posteriormente para verificar el cumplimiento de los requisitos.
¿Qué ocurre si mi empresa no es Pro PyME 14D?
Si estás en régimen General no accedes a la depreciación instantánea estándar, pero existen otros beneficios paralelos como la depreciación acelerada (Art. 31 N°5). Conviene revisar si te conviene migrar de régimen.
