Cambio de giro en el SII: guía 2026 para tu PyME

Tributario·25 de junio de 2026·Lectura 7 min

Tu PyME cambió de rubro, sumó una nueva línea de negocio o dejó de hacer aquello para lo que partió. Cuando eso pasa, el giro que declaraste al iniciar actividades deja de reflejar lo que realmente haces, y el SII espera que se lo informes. No es un trámite menor: hacerlo fuera de plazo puede traducirse en multas y trabar tu facturación electrónica.

Plazo clave: tienes 2 meses desde que ocurre el cambio (o desde la inscripción en el Registro de Comercio, cuando corresponda) para informar la modificación de giro al SII. Es el plazo del artículo 68 del Código Tributario.

¿Qué es el giro y por qué conviene mantenerlo al día?

El giro es la actividad económica por la que tu empresa tributa ante el SII. Se expresa con uno o más códigos de actividad económica y define, entre otras cosas, si tus ventas están afectas o exentas de IVA y qué documentos tributarios puedes emitir. Si empiezas a vender productos o servicios distintos a los que declaraste, tu giro queda incompleto frente al SII.

Mantenerlo actualizado no es solo cumplir: un giro correcto evita rechazos en tus facturas, te permite usar bien tu crédito fiscal y deja tu situación tributaria coherente ante una eventual fiscalización.

¿Cuándo debes informar un cambio o ampliación de giro?

El SII obliga a comunicar varias modificaciones de los datos que entregaste al iniciar actividades. Las más habituales en una PyME son agregar un nuevo giro (ampliación), cambiar el giro principal o eliminar una actividad que ya no realizas. Junto al giro, también deben informarse el cambio de domicilio, la apertura o cierre de sucursales, el cambio de razón social, el ingreso o salida de socios y las modificaciones de capital, entre otras.

Pasos y plazo de 2 meses para el cambio de giro en el SII

Cómo cambiar o ampliar el giro en el SII, paso a paso

Hoy el trámite es 100% online para la mayoría de las PyMEs:

  1. Ingresa a Mi SII en sii.cl con tu RUT y clave tributaria.
  2. Entra a Servicios online → Actualización de información → Modificar y actualizar información.
  3. Selecciona la sección de actividades económicas / giro y agrega, cambia o elimina el código que corresponda.
  4. Revisa si la nueva actividad está afecta o exenta de IVA y confirma el envío.

Si tu sociedad se constituyó por el régimen "Tu Empresa en un Día" (Registro de Empresas y Sociedades), ten presente que no todas las modificaciones se hacen en el mismo lugar. El cambio de giro se informa en el SII, pero otros cambios (como socios o capital) se realizan primero en el Registro. La siguiente tabla lo resume.

También puedes hacer el trámite de forma presencial con el Formulario 3239 de Modificación y Actualización de la Información en la oficina del SII de tu domicilio, aunque hoy rara vez es necesario.

Modificación¿Dónde se informa?
Cambio o ampliación de giro / actividadSolo en el SII
Cambio de domicilio o sucursalesSolo en el SII
Domicilio postal o urbanoSolo en el SII
Razón social o nombre de fantasíaEn el Registro (Tu Empresa en un Día)
Ingreso o retiro de socios y % de participaciónEn el Registro
Aporte o disminución de capitalEn el Registro
Cambio de representantesEn el Registro

Fuente: Circular N° 23 de 2013 del SII y artículo 68 del Código Tributario.

¿Qué pasa con tu IVA y tu régimen Pro PyME?

Cambiar el giro puede mover dos piezas importantes de tu tributación:

IVA. Si agregas una actividad afecta a IVA, las ventas de ese giro pasan a generar débito fiscal y deberás declararlas en tu F29 mensual. Si el nuevo giro es exento, esas ventas no llevan IVA, pero debes cuidar cómo usas tu crédito fiscal. Hoy el IVA general en Chile es de 19%.

Ojo con el régimen. Ciertos giros (por ejemplo, rentas de inmuebles o de inversiones) pueden afectar tu permanencia en el régimen Pro PyME del 14 D, que limita el peso de ese tipo de ingresos dentro del total. Antes de ampliar tu giro hacia esas actividades, conviene revisar el impacto en tu régimen y en tus PPM.

Errores comunes y multas por no informar a tiempo

Los descuidos que más veo en PyMEs son:

  • Facturar una actividad que no está en el giro declarado.
  • Dejar pasar los 2 meses de plazo.
  • Ampliar a un giro afecto a IVA y seguir declarando como si fuera exento.
  • Confundir un cambio total de actividad con un término de giro: son trámites distintos.

Multas. No informar las modificaciones dentro de plazo es una infracción del artículo 97 N° 1 del Código Tributario, sancionada con multa en UTM. Además, un giro desactualizado puede trabar la emisión de tus documentos tributarios electrónicos.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta cambiar el giro en el SII?

El trámite en el SII no tiene costo: lo haces gratis en sii.cl con tu clave tributaria. Lo que conviene presupuestar es la asesoría para hacerlo bien y revisar su efecto en el IVA y en tu régimen.

¿Puedo tener más de un giro en mi empresa?

Sí. Una empresa puede declarar varios códigos de actividad económica. Ampliar el giro es justamente agregar nuevas actividades sin eliminar las que ya tenías.

¿Cambiar de giro es lo mismo que hacer término de giro?

No. Cambiar o ampliar el giro mantiene viva la empresa; el término de giro cierra formalmente la empresa ante el SII. Son trámites distintos y no deben confundirse.

¿En cuánto tiempo queda vigente el nuevo giro?

Al hacer el trámite online, el cambio queda registrado de inmediato en tu información tributaria. Desde ese momento puedes emitir documentos con la nueva actividad.

¿Qué pasa si ya emití facturas con un giro que no había declarado?

Debes regularizar cuanto antes informando la actividad al SII. Mientras más tiempo pase, mayor es el riesgo de observaciones; conviene revisarlo con tu contador.

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