Por Mauricio Hurtado, Contador Auditor — Magíster en Tributación U. Mayor · Publicado el 29 de julio de 2026 · Actualizado el 21 de agosto de 2026
El impuesto único de segunda categoría es la línea de la liquidación que más consultas genera y la que menos se revisa. Aparece automática en el software de remuneraciones, cambia de monto todos los meses aunque el sueldo sea el mismo, y cuando queda mal calculada el SII no le cobra al trabajador: le cobra al empleador.
Vale la pena entender de dónde sale ese número. Son tres pasos y ninguno es complicado.
El número 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta grava los sueldos, sobresueldos y salarios de los trabajadores dependientes con el impuesto contenido en el número 1 del artículo 43: una escala progresiva, de aplicación mensual, con un primer tramo exento de 13,5 unidades tributarias mensuales.
Como la UTM de julio de 2026 es de $71.649 (SII, valores UTM 2026), ese piso exento equivale este mes a $967.261 de renta imponible. Bajo esa cifra el descuento es cero.
Se llama «único» porque agota la tributación de esa renta: el trabajador que solo recibe sueldo de un empleador no vuelve a declararla en abril. Y quien lo retiene, declara y entera al fisco es la empresa, no la persona. Esa es la parte que conviene tener clara cuando se contrata al primer trabajador y se arma la liquidación de sueldo mes a mes.
Aquí está el error más común. La escala no se aplica sobre lo que dice el contrato, sino sobre la renta imponible tributable: la remuneración bruta imponible menos las cotizaciones previsionales y de salud de cargo del trabajador que el empleador le retuvo.
En la práctica, se descuentan de la base:
La escala está fijada en UTM, así que el SII la publica convertida a pesos cada mes. Estos son los tramos de julio de 2026 (SII, impuesto único de segunda categoría 2026):
| Renta imponible mensual | Factor | Cantidad a rebajar |
|---|---|---|
| Hasta $967.261,50 | Exento | — |
| $967.261,51 a $2.149.470 | 0,04 | $38.690,46 |
| $2.149.470,01 a $3.582.450 | 0,08 | $124.669,26 |
| $3.582.450,01 a $5.015.430 | 0,135 | $321.704,01 |
| $5.015.430,01 a $6.448.410 | 0,23 | $798.169,86 |
| $6.448.410,01 a $8.597.880 | 0,304 | $1.275.352,20 |
| $8.597.880,01 a $22.211.190 | 0,35 | $1.670.854,68 |
| Sobre $22.211.190 | 0,40 | $2.781.414,18 |
Por eso el descuento se mueve de un mes a otro aunque el sueldo esté congelado: la UTM se reajusta todos los meses y con ella se corren los tramos. También se mueve cuando hay horas extras o un bono, porque suben la base imponible.
Un trabajador con contrato indefinido y una renta imponible de $2.500.000 en el mes. Primero se determinan los descuentos previsionales de su cargo:
Suman $469.250. La renta imponible tributable queda en $2.500.000 − $469.250 = $2.030.750.
Ese monto cae en el segundo tramo de la tabla, el que va de $967.261,51 a $2.149.470, con factor 0,04 y rebaja de $38.690,46. El cálculo es directo:
La cantidad a rebajar es lo que hace progresiva la escala: evita que toda la renta pague la tasa del tramo superior. Si al mes siguiente esa persona hace horas extras y su base sube a $2.200.000, salta al tercer tramo y el factor pasa a 0,08, pero solo sobre el exceso, porque la rebaja también sube. Cómo se calculan esas horas está en la guía de horas extras para PyME.
Las obligaciones de la empresa no terminan en descontar la cifra de la liquidación:
Si la retención se calcula mal o no se entera, el SII persigue el cobro contra el empleador, con reajustes, intereses y multas. Por eso conviene que la liquidación y el F29 los revise la misma persona; el paso a paso completo del cálculo está en la guía para calcular una liquidación de sueldo.
Desde que la renta imponible, ya descontadas las cotizaciones previsionales y de salud, supera 13,5 UTM. Con la UTM de julio de 2026 ($71.649), ese piso equivale a $967.261 mensuales.
No. Se calcula sobre la remuneración bruta imponible menos las cotizaciones previsionales y de salud de cargo del trabajador. Los haberes no imponibles, como colación y movilización, quedan fuera de la base.
Porque la escala está fijada en UTM y la UTM se reajusta mensualmente, así que los tramos en pesos se mueven. También influyen las horas extras, bonos y gratificaciones del mes, que son imponibles.
Si su única renta del año fue el sueldo de un solo empleador, no: el impuesto es único y agota la tributación. Si tuvo dos empleadores simultáneos u otras rentas, debe reliquidar en el Formulario 22.
El SII cobra la retención al empleador, no al trabajador, con reajustes, intereses y multas. Es una de las diferencias que aparece en fiscalizaciones de remuneraciones de PyME.
El impuesto único es la última línea de una cadena: si el haber imponible está mal clasificado, si falta la gratificación o si un bono se registró como no imponible, el impuesto sale mal y arrastra el F29 y la Declaración Jurada 1887 de marzo. En SolutionTax, Mauricio arma las liquidaciones, retiene lo que corresponde y declara el mes completo, con precio fijo, atención directa del contador y contabilidad al día desde 2016.
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Fuentes: SII: impuesto único de segunda categoría 2026 · SII: valores de la UTM 2026 · BCN: Ley sobre Impuesto a la Renta, artículos 42 y 43.
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